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SelloIA

Real Decreto 723/2026

La información que tu plantilla tiene derecho a recibir

Desde el 5 de octubre de 2026 estás obligado a informar por escrito a cada persona trabajadora cuando usas sistemas de IA para decidir sobre sus condiciones de trabajo: qué sistema es, con qué reglas decide y quién revisa.

No es un riesgo teórico. La AEPD ya ha dirigido una advertencia (AI-00009-2026, 23 de septiembre de 2026) a una empresa que iba a puntuar currículos con IA, y otra a dos ayuntamientos por IA en videovigilancia. La advertencia no es multa, pero es el aviso de que la próxima sí lo será.

Rellena y descarga

¿Qué sistemas de IA usáis en decisiones sobre el trabajo?

Marca lo que aplique. Si no usas ninguno, deja esto vacío.

¿Cómo intervienen exactamente?

Tiene que ser alguien con autoridad real para cambiar el resultado. Si tu «revisor» no puede, no cuenta.

Tu documento

Esto es una plantilla informativa, no asesoramiento jurídico. Cada empresa tiene su situación y el texto hay que ajustarlo a lo que realmente hace su sistema. Si necesitas el documento adaptado a tu caso, con revisión de la EIPD y del marco de supervisión humana, es parte de la auditoría.

El aviso de la web es otra cosa

El Real Decreto 723/2026 trata de sistemas internos que deciden sobre personas. El Artículo 50 del Reglamento Europeo de IA trata de lo que ve el público: si tu web tiene un chatbot, un avatar o contenido generado con IA, tienes que avisarlo.