Mi web tiene un chatbot y no avisa: cuanto me pueden poner?
Esta es la pregunta que mas me llega por email. La respuesta honesta tiene tres partes: una cifra, un matiz importante sobre pymes, y una explicacion de por que el riesgo real no esta en la multa.
La cifra
El Articulo 99 del Reglamento establece tres tramos:
- Hasta 35 M o el 7 % de la facturacion global: practicas prohibidas (Art. 5).
- Hasta 15 M o el 3 % de la facturacion global: otras obligaciones, incluidas las de transparencia del Art. 50.
- Hasta 7,5 M o el 1 %: informacion incorrecta a la autoridad.
Tu incumplimiento, no avisar de que el chatbot es una IA, cae en el segundo tramo: 15 M o el 3 %.
El matiz que cambia todo para una pyme
El Reglamento contiene una salvaguarda expresa: para las pymes y las small caps se aplica la cuantia menor entre el importe fijo y el porcentaje.
En la practica, una empresa de 300.000 euros de facturacion calculando un 3 % llega a 9.000 euros, y ahi aplica la menor de las dos cifras. En cualquier caso sigue siendo una multa, pero no te arruina.
Por que el riesgo real esta en otro sitio
El verdadero peligro de un incumplimiento del Art. 50 no es la multa. Es todo lo que rodea a la multa:
- Un requerimiento documental formal de la AESIA, con plazos cortos de respuesta, habitualmente de 10 a 30 dias.
- La necesidad de demostrar el cumplimiento cuando no tienes registro de nada.
- La perdida de una licitacion o de un cliente corporativo, que ya pide acreditar el uso responsable de IA a sus proveedores.
- El precedente: quien no tenia aviso, tampoco lo tendra para todo lo demas.
Una pyme que responde a un requerimiento con si, tenemos el aviso, aqui esta, y ademas vigilamos que siga visible tiene un problema resuelto. Una que responde con creo que lo pusimos en algun momento, dejame que mire tiene un problema nuevo.
Quien sanciona en Espana?
La AESIA, Agencia Espanola de Supervision de la Inteligencia Artificial, con sede en A Coruna. Asume sus competencias plenas de inspeccion, comprobacion documental y sancion desde el 2 de agosto de 2026.
La AEPD sigue vigilando el RGPD. Si tu chatbot ademas recoge datos personales sin informar de que es una IA, tienes un problema doble.
El proyecto de ley espanol que conviene vigilar
El Gobierno aprobo el 26 de mayo de 2026 el proyecto de Ley Organica de gobernanza de la IA, que entre otras cosas preve sanciones desde 6.000 euros incluso para infracciones leves. No esta en vigor, pero si se aprueba tal como esta, el suelo de la sancion baja especificamente para las empresas pequenas. Es el riesgo que mas me preocupa a corto plazo.
¿Tu web cumple esto?
La guía explica la norma. El escaneo comprueba tu web concreta: qué sistemas de IA tiene, dónde, y si les falta el aviso.
Escaneo gratuito · 60 segundosPreguntas frecuentes
Cual es la multa maxima por no avisar de un chatbot?
El Articulo 99 preve hasta 15 millones de euros o el 3 % de la facturacion anual global, la cifra que sea mayor. Para pymes y small caps se aplica la cuantia menor de las dos.
De verdad pueden sancionar a una pyme con 15 M?
En la practica, no a una pyme pequena. El Reglamento obliga a aplicar la cuantia menor entre el importe fijo y el porcentaje para pymes. El riesgo real es el requerimiento documental, no la multa maxima.
Quien puede sancionar? La AEPD?
No. En Espana la autoridad competente es la AESIA, la Agencia Espanola de Supervision de la Inteligencia Artificial, con sede en A Coruna y competencia plena desde el 2 de agosto de 2026. La AEPD sigue vigilando el RGPD.
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Aviso. Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Las obligaciones concretas dependen de tu situación. Para decisiones con consecuencias, consulta con un profesional del derecho.